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lunes, 23 de marzo de 2015

EN EL DIA DEL PADRE

TRIBUNA ABIERTA
Un objetivo: una sociedad mejor para nuestros hijos
POR JUSTO SAENZ IÑIGUEZ - Jueves, 19 de Marzo de 2015 - ACTUALIZADO a las 06:02h

EN marzo del 2010, un grupo de madres y padres divorciados -Kide-tza- INICIARÍA una campaña informativa, de búsqueda de apoyos institucionales y de sensibilización social con el objetivo de que en el País Vasco se pudiera legislar y dar respuesta a la problemática de todo tipo que los divorcios conllevan y que en el País Vasco afecta a unas 50.000 personas al año. Según datos de 2014, con 5.063 divorcios, con una contenciosidad elevada en Alava y Bizkaia del 40%, con un aumento de las peticiones de custodia compartida y modificación de medidas debido a la crisis económica, con impagos de PENSIONES alimenticias en torno al 32% y con la necesidad de vivienda de un colectivo que en porcentaje alto pasa a vivir con sus padres.
En Marzo del 2011, ante la pasividad de la clase política, REGISTRAMOS en el Parlamento Vasco una iniciativa legislativa popular de Corresponsabilidad Parental que aborda de forma global e integral la problemática que afecta a las personas en situación de conflicto familiar y tiene como principios fundamentales la defensa de los derechos de los menores, el avanzar en igualdad, profundizar el autogobierno del País Vasco y fomentar la participación ciudadana en el desarrollo legislativo tal como prevé el reglamento de la Cámara vasca.
En Marzo de 2012, presentamos las 85,000 firmas que avalarían el proyecto y tres años después estamos con un proyecto de ley sin aprobar y con partidos políticos como el PSOE, que hacen lo posible por obstaculizar la tramitación del mismo.
Las conclusiones que hemos sacado en estos años son las siguientes:
- La clase política vasca no responde con prontitud a las demandas sociales o las ignora. Pese a llevar cinco años exponiéndoles la situación y a UNA propuesta articulada de solución, todavía estamos sin aprobar la ley, cuando otras Comunidades Autónomas como Cataluña, Aragón, Valencia o Navarra lo han legislado en menos de un año.
- Los menores son los grandes olvidados. Recuerdo como propusimos en el Parlamento Vasco allá por 2007 la creación de un fondo de garantía social para situaciones de impago de PENSIONES alimenticias a los menores y que sería aprobado por unanimidad en 2008. Hoy todavía, el Gobierno vasco no lo ha puesto en marcha. Esta propuesta de ley tiene como objetivo fundamental defender los derechos de los menores y protegerlos en los conflictos de las parejas. Sin embargo algunos grupos políticos no muestran ningún interés y a veces solo los utilizan con fines electorales.
- Falta de coherencia en algunos grupos políticos. Algunos, como el PSOE defienden la custodia compartida como norma preferente en otras comunidades autónomas o instituciones vascas y en el Parlamento Vasco, no. Otros, como Aralar y EA, hemos visto CÓMO apoyaban la custodia compartida en todas las instituciones y tras integrarse en EH-Bildu están en contra. No obstante, PNV, PP y UPyD mantienen la palabra dada.
- Falta de transparencia y obstrucción a la participación. El reglamento del Parlamento Vasco recoge con claridad que la entidad proponente tiene el derecho a presentar y defender su proposición de ley en el pleno. Asímismo, posibilita que esté presente en la tramitación de la ley, tanto en la comisión como en la ponencia, con voz y sin voto. Sin embargo la mesa del Parlamento ha denegado el ejercicio de este derecho, que otras autonomías tienen regulado para que la INICIATIVA popular pueda ser defendida por los ciudadanos/as que la presentaron.
Asímismo no se nos informa para nada del ESTADO de la tramitación del proyecto de ley y llegamos a la situación incomprensible que después de cuatro años de entrar en la Cámara vasca un proyecto por iniciativa popular, está todavía sin aprobar, siendo los ciudadanos con nuestra presión y movilizaciones los que logramos que su tramitación vaya avanzando poco a poco.
Todo ello pone de manifiesto que debe cambiar el concepto de la política y avanzar en democracia. Los políticos deben estar para solucionar los problemas de los ciudadanos y para ello son medidas claves la limitación de mandatos, las listas abiertas, la elección de primarias y la dedicación política en su circunscripción. De otra parte, deben arbitrarse medidas efectivas de participación real de los ciudadanos como la creación de un escaño específico para que los ciudadanos PUEDAN defender sus iniciativas legislativas o de normas en los diferentes foros políticos, en igualdad de condiciones que los electos, siempre que CUENTEN con el número de firmas suficientes.
En el Día del Padre, por tanto, deseamos que nuestros hijos y toda la ciudadanía vasca podamos tener pronto una ley vasca de custodia compartida y una reconversión en los PARTIDOS políticos que nos permita avanzar en democracia.

jueves, 18 de septiembre de 2014

SORTU Y LA CUSTODIA COMPARTIDA


Tribuna abierta

Sortu y la custodia compartida

El debate sobre la custodia compartida no ha hecho sino poner en evidencia que algunas de las personas que rigen los destinos de nuestra organización pueden proponer horizontalidad y participación, pero les cuesta asumir las incomodidades que esos conceptos acarrean.
Por Orlando García - Miércoles, 17 de Septiembre de 2014 - Actualizado a las 06:09h 



el debate sobre la custodia compartida podría haber representado en Sortu un gran eslabón de una cadena que nos hiciera avanzar hacia una democratización interna conducida por militantes renovados en comportamientos y actitudes, formados en el análisis, dispuestos a la sistematización de su trabajo militante, renuentes al seguidismo acrítico a la dirección y reacios, a su vez, al encasillamiento en prejuicios sociales y políticos propios de décadas pasadas. Es bien sabido que necesitamos remozar los temas sectoriales con una gruesa capa de realismo para conectarnos con una sociedad que avanza más rápidamente que nosotros/as.
Y todo eso podría ocurrir solo si los cambios que proyectaba el documento “Zutik Euskal Herria” se impulsaran en su versión no solo táctica y estratégica, sino también organizativa, y desde la dirección hacia todo el tejido militante, porque ese es el sentido que garantiza el éxito del cambio en nuestro partido, nos guste reconocerlo o no.
Sin embargo, la brisa renovadora sigue encajonada en la dirección, e independientemente de alambicados organigramas de funcionamiento, el suelo de nuestra casa sigue impregnado con el lastre de la prevención frente a la crítica interna, el miedo infundado a la disensión, -incluso en temas estrictamente sectoriales-, la tendencia al control obsesivo sobre las iniciativas de base y la verticalidad más evidente y tosca en la toma de decisiones. El ordeno y mando quizás haya cambiado de emisor, pero el estilo continúa.
Se plasmó también en las ponencias del congreso fundacional de Sortu, donde hubo personas empeñadas hasta la terquedad en añadir más apellidos de los necesarios a la criatura. Independentista y socialista concitan unanimidad, aunque con variados y amplios matices. El resto de calificativos no hicieron sino provocar extrañeza en el bautizo y cierta resignación escénica. De aquellos polvos, estos lodos, suelen decir.
Quizás, el intento por condicionar a la militancia tomando partido por una de las posiciones mediante falsedades, puede eximir, en parte, a muchos otros/as que, formando parte de dicho órgano de dirección o no, y a pesar de su silencio, no comparten las posturas del “lobby” que ejerce Bilgune en nuestro partido, un “lobby” que, como todos los que lo son, no ostenta representatividad nominal alguna, ni se puede calificar de “feminista” puesto que es tremendamente difícil serlo intentando, a la vez, adjudicar a la mujer separada el cuidado exclusivo y sistemático de la prole.
Cabría mencionar, en este sentido, los clarificadores consejos de una veterana feminista alemana con un casi perfecto castellano que acudió hace ya algunos meses a pronunciar una conferencia cuando le expliqué el debate que se estaba empezando a producir en nuestro partido. Con toda la literalidad que puedo recordar, sus palabras fueron: “Me huele a engaño. No es posible ser feminista y rechazar la custodia compartida preferente. Muchas nos hemos dejado las pestañas para conseguir que la madre separada pudiera proseguir sin quebranto su vida laboral, social y afectiva después de la separación rechazando la custodia exclusiva de los hijos y asegurando la implicación del padre en su cuidado. ¿Cómo es posible que alguien que se autodenomine “feminista” pueda proponer que se le cargue unilateralmente a la madre la guarda y custodia y alejar al padre de las responsabilidades que le corresponden?”, se preguntaba, para afirmar, categórica, más tarde: “El feminismo no puede optar nunca por mantener los roles patriarcales que nos han ahogado durante siglos”.
La ILP incluye la flexibilidad necesaria para contemplar la inmensa mayoría de casuísticas que se pueden dar en los casos de separación, rechaza el rol machista de la madre al servicio permanente de los hijos y facilita la implicación de los padres, pero garantiza, a la vez, la custodia monoparental en los casos que el juez considere inadecuada o inconveniente la compartida por una panoplia de motivos que no podemos enumerar aquí, pero que están en la mente de todos.
Sin embargo, en algunos bufetes de abogadas solo llegan los casos más descarnados de maltrato y violencia machista y es ese prisma unívoco el que deforma visceralmente la visión de una realidad global que estas profesionales trasladan con éxito tanto a las cúpulas de los partidos de izquierda como a algún organismo institucional tan cuestionado como Emakunde.
“Conquista”, “avance”, “empoderamiento”. ¿Cuántas veces hemos tenido que oír estos términos? La extrapolación analítica de ese micromundo de víctimas, esfuerzo y compromiso al conjunto de la sociedad de Euskal Herria es un error de considerables proporciones que, por reacción vehemente, tiende a elaborar un discurso claramente sexista, abrupto y bélico alejado del objetivo de la igualdad de derechos entre hombre y mujer para caer en la simple “conquista” de ventajas y/o privilegios para ella vulnerando el derecho más elemental del agente más débil, que, en este caso, no es la mujer, sino los hijos. Quizás se les considere un daño colateral.
Por tanto, los derechos del niño tienen especificidad propia, están claramente definidos por psicopedagogos y psiquiatras, deben ser defendidos por afectadas/os por este problema y por aquellos/as a los que no nos afecta y no coinciden con los de la madre, como tampoco coinciden con los del padre. Consisten en salvaguardar su relación -y repito la cita textual- “con ambos progenitores de modo regular e igualitario” y la custodia monoparental vulnera sistemáticamente estos derechos si se aplica con carácter general y preferente, como en la actualidad.
Una mínima lógica de izquierdas nos exigiría defender el derecho fundamental del agente más vulnerable de nuestra sociedad, como es el menor, y ante el cual no caben supuestos desquites proverbiales ni la guerra de sexos que alguno/as se empeñan en ver. No es la venganza mezquina, por tanto, lo que se dilucida aquí, sino la preservación y defensa de derechos fundamentales, los del menor, y si parece que, tangencialmente, “beneficia” a uno de los progenitores será, en todo caso, porque equilibra una situación previamente desigual y lacerante en las separaciones con hijos, frente a la cual nuestro partido mira para otro lado y se pone de perfil, asumiendo ese tan peligroso concepto de lo “políticamente correcto” en cuestiones de género.
Por cierto ¿dónde quedó la promesa de revisar la postura del partido si Kidetza introducía modificaciones en el texto? Se derrochó buena voluntad y se introdujeron tres cambios sustanciales para intentar recabar el apoyo del dúo reticente: PSOE y Sortu. Nunca más se supo.
Al final, e independientemente de cómo salga del parlamento vascongado el texto final de la ILP, fruto del “pasteleo” partidario, con el tiempo quedará la sensación de que ha sido la mayoría de la sociedad, a través de su representación política, la que ha aprobado una custodia compartida que goza del 82% de apoyo popular, según la última encuesta del Gobierno vascongado. Repito la cifra: 82%. Pocos asuntos concitan tanta unanimidad en nuestra sociedad.
Recordaremos con extrañeza que alguien se hubiera opuesto en su día y con cierto rubor que haya sido, precisamente, Sortu quien más lo hiciera. Lo único que induce a cierta tristeza es presenciar una torpeza más de la izquierda abertzale que habrá que incorporar a nuestro bagaje político.


viernes, 24 de enero de 2014

EL INTERES DEL/LA MENOR Y LAS PRACTICAS JUDICIALES

DENUNCIA DE MARTIN BILBAO GALDEANO






Soy Martin Bilbao un padre divorciado en julio del 2010.Conocí en Motrikoa a mi ex mujer(de nacionalidad alemana).En Enero de 2007 nacio en Euskadi  nuestro hijo Jon, estaba escolarizado en la ikastola y su ambiente familiar, sus amigos y todo su entorno giraba en el Pais Vasco,
Mi regimen de visitas era bastante amplio ,aunque la custodia la tenia su madre,porque así la ley la adjudicaba como norma.
 Cuando Jon tenia 6 años su madre,a veces, iba con el niño a Alemania,incumpliendo los regímenes de visita y la escolarización del menor.Luego solicitó en el juzgado de Eibar,irse  a Alemania y llevarse a Jon y el juez se lo denegó con el criterio de que el menor había nacido y tenía su entorno social  y familiar mayoritario en Euskadi,y para el bienestar del niño era fundamental mantener esta situación.
Recurrió y la audiencia provincial la autorizó con el apoyo del fiscal y basandose en un informe psicológico del equipo sicosocial que dice que lo mejor es que el niño esté con la madre.Es decir contradiciendo la sentencia anterior que si tenía en cuenta el bienestar del menor y subordinando el interes del menor al de la madre.
A mi se me ha adjudicado  un regimen de visitas de un fin de semana cada dos meses,una semana en navidad ,toda la semana santa y un mes en vacaciones,sin tener en cuenta que al menor se lo han llevado a Alemania y ello va a suponer de facto que mi hijo Jon va a perder a su familia paterna,la relación con su padre,el entorno de amigos y social que tenía y el sistema educativo euskaldun en el que estaba inserto,amen de serios problemas de escolarización en un sistema educativo totalmente diferente y con una lengua que no es la materna.
Yo denuncie la sentencia al fiscal jefe del Pais Vasco,que lo archivo, alegando que el irse a Alemania con la madre es lo mejor para el bienestar del menor ,sin tener encuenta ,ni el arraigo ni su entorno donde ha vivido y se ha criado,ni que yo tengo todo el tiempo del mundo para cuidarlo y educarlo.
De todas estas actuaciones judiciales se deduce:
a)      Que el equipo sicosocial de Gipuzkoa realiza a veces informes psicológicos sin ninguna profesionalidad,ni tener en cuenta el interés del menor,sino con el único objetivo de perpetuar una sociedad machista,en la que la madre es la cuidadora del niño y el padre el que aporta el dinero en forma de pensión.
b)      Que la fiscalía no dedica ni un minuto a analizar los casos,sino se limita a ratificar lo que dice el informe del psicosocial,incumpliendo su misión de velar por el interés del menor.
c)      Que el Fiscal Jefe del País Vasco,que públicamente predica las bondades de la custodia compartida y la defensa del interés del menor,cuando tiene que contradecir a un Fiscal,no lo hace.Se inhibe
d)      Que en algo tan objetivo como definir y defender el interés del menor hay opiniones contrarias dentro de los jueces.Unos,como el juez de Eibar,lo defienden con argumentos razonables y que son de cajón,y otros como la audiencia provincial,escudandose en un informe psicosocial ideológico,se lava las manos y condena a un niño a perder su país,su lengua,su entorno social y educativo,y a su padre.
Esta es la justicia de hoy,que bajo el argumento de defender el interés del menor esta manteniendo una sociedad machista,discriminatoria y que conculca los derechos e intereses de nuestros hijos.

jueves, 7 de noviembre de 2013

LA IZDA VASCA Y LA CUSTODIA COMPARTIDA

LA IZDA VASCA Y LA CUSTODIA COMPARTIDA

En 2003 la socialista Segolane Royal con el doble objetivo de defender el derecho del/la menor a relacionarse con su padre y madres después del divorcio y fomentar la corresponsabilidad e igualdad parental promovería la ley francesa de corresponsabilidad  parental en la que 3 son los ejes:la custodia compartida alterna como norma,la obligatoriedad de ir a conocer lo que es la mediación familiar y la liquidación del hogar conyugal en caso de desacuerdo.
Posteriormente en 2010,reconociendo el fracaso de la ley Zapatero,el Gobierno socialista catalán de Montilla,aprobaría tambien un código civil propio reconociendo la custodia compartida como norma siempre que no fuera contraria al interés del/la menor.Así mismo el Gobierno socialista aragonés,presidido por Marcelino Iglesias en 2010 promulgaría la ley de custodia compartida como norma preferente.

En 2011,a propuesta de Izquierda Unida,el Parlamento Navarro debatiría una propuesta de ley de custodia compartida como norma preferente.Propuesta que fue defendida por Nafarroa Bai,que integraba a Aralar,Batzarre,EA y PNV.

En 2010 y 2011 se presentaron mociones a favor de la custodia compartida como norma preferente en las Juntas Generales,en los 3 Ayuntamientos más importantes y en el pleno del Parlamento Vasco.
En todas las Instituciones en que estaban representados votaron a favor EA,ARALAR,ALTERNATIBA y ANV.

El PSE votó a favor en unas Instituciones,en otras se abstuvo y en el Parlamento Vasco votó en contra de la custodia compartida como norma preferente y se abstuvo en la admisión a trámite de la ley.
Después de las elecciones el grupo Parlamentario EHBIDULDU manifestó que iba a votar en contra a esta ley,pese a que el tema no se había debatido en las bases y la contradicción ideológica que plantea a partidos como EA,ARALAR y ALTERNATIBA que hasta el momento habían votado a favor de la custodia compartida preferente.
El grupo parlamentario PSE  manifestó que su voto era contrario simplemente porque la ley tal como está no necesita modificación.
La primera reflexión que nos hacemos es cómo puede haber estas incoherencias ideológicas dentro de los partidos,¿Los que ayer apoyaban hoy no lo hacen por intereses de poder,subordinando los intereses de la sociedad a los suyos propios?.¿Cómo se puede entender que un PSOE,partido de ámbito estatal,apoye la custodia compartida en unas CCAA y en Euskadi no?¿Cómo es posible que una ley que para la sociedad francesa de 2003 era progresista y basada en la igualdad no sea válida para la sociedad vasca de 2013?La sociedad vasca ha ido avanzando en igualdad y en la defensa de los derechos del la menor,quizá los que no han evolucionado o han sufrido una involución son diferentes grupos políticos.¿Si la custodia compartida era una bandera de la izda como puede ser que que ahora sea la derecha quien la defienda y la izda quien esté en contra?

La respuesta objetiva es clara EHBILDU ha subordinado sus principios ideológicos basados en la consulta popular,desarrollo del autogobierno y equiparación legislativa de Euskalherria a las posiciones de un grupo feminista minoritario y radical que,mezclando churras con merinas,subordina los derechos del menor,a los de la mujer.Y el PSE,a falta de un debate serio y participativo ,es un nido de grillos,donde en unas CCAA se dicen una cosa,en otras otra.Situación que se ha repetido en las Instituciones vascas.Todo ello dependiendo también del poder del lobby feminista radical.

Lo más preocupante de todo es su incapacidad para aceptar ni un solo punto o coma de nuestros planteamientos,sin argumentos concretos que los contradigan.El dogmatismo por el dogmatismo.
Aún más,tal es el miedo al debate interno y sus resultados,que algun partido ha remitido a sus asambleas un documento de KIDETZA de 2007,que por supuesto nada dice de la custodia compartida,otro ningún tipo de información salvo la opinión de algún dirigente,en otros casos información tergiversada y manipulada del proyecto de ley y de la opinión de la asociación,pero en todos los casos han enviado información de grupos de abogados contrarios a la custodia compartida por razones obvias,económicas,ya que si baja la contenciosidad bajan los ingresos económicos. Las bases del PSOE no lo han debatido.
El planteamiento coincidente de estos grupos políticos es coincidente en afirmar que no es necesaria una ley vasca de custodia compartida pues la actual ley Zapatero ya la recoge,así como una oposición frontal a la custodia compartida preferente por ser según ellos impuesta.
La actual ley del del divorcio reconoce la custodia compartida solo en caso de mutuo acuerdo,dandole el carácter excepcional en situaciones contenciosas,es decir en el 42% de los casos y posibilitando el derecho de veto de la mujer.Es por ello el bajo porcentaje de custodias en el País Vasco(301 en 2012) frente a las 2793 de Cataluña y 1296 en Valencia que si tienen ley autonómica.
Las estadísticas solo nos muestran las concesiones de custodias compartidas pero no las peticiones,dato que nos indicaría la urgente necesidad de modificar una ley pues la realidad de las personas que se divorcian no es la misma que hace 31 años,cuando se aprobó la actual ley del divorcio.
Ese carácter de excepcionalidad ya fue denunciado por el Ararteko al Parlamento Vasco en su informe del 2010,proponiendo que se instara por su modificación reconociendo la custodia compartida como norma,denuncia que fue ratificada por las 3 Juntas Generales que instaron al Gobierno de Madrid a que modificara la custodia compartida como norma preferente.El Fiscal General del País Vasco también se pronunciaría a favor de esta figuraY recientemente tanto el Tribunal Supremo con dos sentencias que han creado jurisprudencia,así como el Consejo General del Poder Judicial y el Fiscal Superior del Estado han remitido sendos informes aconsejando que la custodia compartida sea la norma salvo cuando no sea beneficiosa para el menor.
Tambien es una demanda social registrada en el País Vasco con más de 85000 firmas,lo que confiere a la propuesta una representatividad de democracia directa que los partidos políticos no debieran olvidar,máxime cuando ninguno ha llevado este tema en su programa.
Asi mismo es reseñable que una encuenta realizada en Febrero de 2010 por la empresa DYM market research,el 88,7% de la sociedad vasca se inclinaba por la custodia compartida.

El pretender que la custodia compartida solo se de en caso de mutuo acuerdo no solo es dejar sin posibilidad de custodia compartida al 42% de los hijos,sino mantener la posibilidad de veto y chantaje de una de las partes,así como favorecer la manipulación de los hijos.Así como ignorar lo que vemos todos los días,que los acuerdos se rompen de un día para otro.
Afirmar que la custodia compartida como norma preferente es una custodia impuesta es una simpleza.Cualquier decisión judicial normalmente es una imposición a una o a ambas partes.Por esa regla de tres podríamos decir que la custodia monoparental a la madre es impuesta y por ello perjudicial para el menor.
La custodia compartida como norma preferente lo que hace es que los intereses de los padres se subordinen a los de los hijos,eliminando la capacidad de veto o chantaje que una de las partes venía teniendo,utilizando para ello a los hijos.El juez,en función de unos criterios objetivos,adoptará la custodia compartida si es beneficiosa para el menor.
La vivienda es una de las asignaturas pendientes y  la ILP propone compaginar el derecho del menor a una vivienda digna con ambos progenitores con el derecho de éstos a tener un hogar digno propio lo antes posible.
En el tema de pensiones alimenticias se plantea que quien más gane más pague y con el objetivo de hacer frente al impago de pensiones,la creación de un fondo social para estas situaciones.
El 29 de Octubre Kidetza presentará y defenderá el proyecto de ley en la comisión de Justicia del Parlamento Vasco.Todavía tenemos esperanzas de que por el bienestar de nuestros hijos y para que el País Vasco tenga una buena ley,como otras CCAA con los mismos derechos forales,la izquierda vasca sea coherente con su ideología y prioricen la defensa del interés del menor.

Justo Sáenz Iñiguez
Pte de KIDETZA







EL PAIS VASCO Y LA CUSTODIA COMPARTIDA.Artículo de opinión publicado por D.Vasco y el Correo.

EL PAIS VASCO Y LA CUSTODIA COMPARTIDA
El 29 de Octubre comienza la tramitación del Proyecto de ley de Custodia Compartida en el Parlamento Vasco con la defensa del proyecto por parte de KIDETZA.
Un proyecto que incomprensiblemente cuenta con la oposición del PSOE y de EHBILDU,ya que en Francia sería la socialista Segolane Royal,quien promovería la ley de custodia alterna y en el estado español fueron los socialistas catalanes,aragoneses y navarros. En el País Vasco la custodia compartida preferente fue apoyada en la mayor parte de las mociones por PSOE,ARALAR,EA , ANV Y ALTERNATIBA,
Incomprensible porque la alternativa que plantean a esta iniciativa popular es que se mantengan la Los contenidos de la ley de Zapatero, que  los mismos socialistas han cambiado en otras CCAA y que el propio Gobierno de la nación va a modificar por ser esta una ley ya obsoleta.
Incoherente porque aquellos partidos que defienden la consulta popular,el autogobierno o la equiparación legislativa de los herrialdes de Euskalherria,cuando viene una iniciativa popular que reune esos requisitos,la rechazan
La ILP vasca de corresponsabilidad parental es una propuesta de apoyo integral a las personas que se separan/divorcian con hijos/as y que pretende cumplir varios objetivos
El sistema de representación política y la confianza de los ciudadanos en la clase política están en crisis.Que una iniciativa popular que cuenta con el apoyo de más de 85000 firmas salga adelante sería un balón de oxígeno para la democracia participativa en el País Vasco y  para la confianza de los vascos en nuestros políticos.

La reducción de la contenciosidad es otro de los objetivos que este proyecto de ley se ha marcado.Desde que se puso en vigor la actual ley del divorcio en 2005 la contenciosidad en nuestra CCAA ha subido del 27 % al 38%,teniendo Bizkaia un promedio inclusive superior estatal(42%).
El objetivo fundamental de esta propuesta es defender el derecho del menor a relacionarse con ambos progenitores y hacer cumplir la obligación de éstos de cuidar y mantener a sus hijos,tal como establece la carta de los Derechos del Menor de la ONU y las Directrices de la UE.
La propuesta,recogiendo esta normativa,recoge la custodia compartida como norma siempre que no sea perjudicial para el menor,tal como también han recogido sendas sentencias del Tribunal Supremo que crean jurisprudencia de fechas 29 de Abril y 25 de Julio del 2013,así como los informes preceptivos del Ministerio Fiscal y del Consejo General del Poder Judicial al anteproyecto de ley estatal de fecha 19 de Septiembre.
Las posiciones inmovilistas de EHBILDU y PSOE  ponen de manifiesto  que los Derechos de los menores no les interesan nada,sino que los subordinan a los de una de las partes en conflicto,y por supuesto ignoran las decisiones judiciales o los informes de las Instituciones.Y no debemos olvidar que aquí en el Pais Vasco tanto el Fiscal Jefe como el Ararteko que son los responsables institucionales de velar por los intereses de los menores se han declarado a favor de la custodia compartida como norma preferente.
En nombre de la igualdad priorizan la guarda y custodia a favor de la madre,subordinando los derechos de este a los de la madre.Pero si esto es ya grave,más lo es el poner barreras al desarrollo personal,laboral y de todo tipo que la guarda monoparental supone para la propia mujer.Aún más cuando se demuestra en los informes actuales,la pobreza se ha cebado en las familias monoparentales con hijos, formadas por mujeres separadas.
El proyecto también pretende que los derechos y obligaciones para con los menores queden expresa y concretamente recogidos en un documento que las partes deben aportar con carácter obligatorio al juez.,el plan de coparentalidad que servirá para que este pueda analizar en detalle las propuestas y la viabilidad de las mismas,así como exigir su ejecución.Para favorecer los acuerdos o resolver los conflictos se potencia la mediación familiar,no se obliga a mediar.
Otra de las asignaturas pendientes del divorcio es la vivienda. La realidad actual en el  País Vasco refleja que en torno al 70% de los hijos no tienen una vivienda digna donde convivir con el progenitor no custodio, viviendo en pisos compartidos ,con los abuelos ,campings…Y el niño/a pasa con este progenitor en torno a 126 días al año.
.Esto no es beneficioso para el/la menor ni justo para dicho progenitor.De otra parte en el momento de liquidar el hogar conyugal,el progenitor custodio tiene serios problemas para acceder a una vivienda con el producto de la venta de la misma.
Por tanto hay que ser imaginativos y buscar una salida que compagine el derecho del menor a convivir en un piso digno con ambos progenitores y el derecho de ambos a una vivienda digna lo antes posible.
Para ello y a falta de acuerdo,o de sentencia judicial alternando el uso de la vivienda hay que colocar un límite temporal al uso de la misma por el progenitor más necesitado de 3 años o más.Y de persistir esa situación de necesidad poder optar a piso de alquiler social del Gobierno Vasco.
Unido a la economía la ILP plantea que ambos participen en los gastos del menor en función de sus ingresos. Es decir que quien más gana, más aporta, así como prevee las pensiones compensatorias ,para los casos de desequilibrios económicos importantes producidos por el divorcio,así como la idea de incorporar un fondo de garantía social para situaciones de impagos de pensiones.
Espermos prevalezca el derecho del menor a un padre y a una madre tambien cuando estos se divorcian
En Donostia a 20 de Septiembre del 2013
Justo Sáenz
Coordinador de KIDETZA

lunes, 28 de noviembre de 2011

ARTICULO DE OPINION SOBRE LA LEY DE VIOLENCIA DE GENERO



Cien mil hombres pasan al menos una noche en el calabozo cada año por denuncias de género, en muchos casos falsas


Felipe Pérez del Valle/Colaboración.- Se cumple el quinto aniversario de la entrada en vigor de las medidas penales de la Ley de Violencia de Género (junio 2005, junio 2010) y ya contamos con suficientes datos estadísticos para analizar sus efectos jurídicos y lo que no se cuenta de la misma.

Desde la perspectiva de la mujer, se ha pretendido que dicha Ley sea la panacea de todos sus males y para ello no se han escatimado medios a su favor, promulgándose una prolija normativa como desarrollo de la misma, sin comparación en Europa, aunque España sea el octavo país de Europa por el número de casos de muertes de mujeres y a pesar de que la tercera parte de las víctimas y de los imputados sean extranjeros.

Para el hombre, en cambio, ha sido totalmente perjudicial, a pesar de que también los hombres son víctimas de sus parejas y exparejas, en menor medida, es cierto, pero ¿dónde se pone el límite para una ley similar a favo r de los hombres? Según los datos nacionales sobre cifras mortales en violencia doméstica y de género, el número de hombres asesinados y el porcentaje sobre el total de hombres-mujeres ha sido el siguiente desde 2001 hasta 2005:

Desde su entrada en vigor el 29 de junio de 2005 hasta el 31 de diciembre de 2009, es decir, cuatro años y medio, se han registrado 823.580 procedimientos penales en los Juzgados de Violencia de Género contra los hombres, lo que ha supuesto que un 4,34% de la población varonil española mayor de 18 años ha sido objeto de un procedimiento penal por violencia de género.

Más de la mitad de esos 823.580 hombres han pasado por una dependencia policial como detenidos y de esta mitad la mayor parte de ellos una noche en un calabozo horrible; curiosamente no existen datos estadísticos a este respecto, quizás porque asustaría el comprobar un número tan elevado.

Además, a consecuencia de estos procedimientos penales se adoptaron en ese periodo de tiempo 315.947 medidas cautelares de naturaleza penal contra los hombres, entre ellas 13.671 privativas de libertad y en 168.184 casos la denominada antiguamente «pena de destierro» (27.691 salidas de domicilio; 140.493 alejamientos). Aprovechando esos 823.580 procedimientos penales, las medidas cautelares de naturaleza civil adoptadas en perjuicio del hombre fueron 94.416: en 28.500 supuestos se atribuyó la vivienda a la mujer; se dictaron 15.553 suspensiones del régimen de visitas, de la patria potestad y guarda y custodia. Lo que es perjuicio para el hombre resulta beneficio para la mujer.

En ese dato de más de 800.000 procedimientos penales se oculta siempre en los medios de información y en los innumerables organismos públicos que se han creado ex profeso para luchar contra una parte de la violencia, la que afecta a la mujer, que cerca de la tercera parte de los hombres no son condenados, y a los cuales, en materia penal, no se les compensa, indemniza o se les pide perdón por sus padecimientos derivados de la detención policial, estancia en un calabozo policial, sometimiento a un procedimiento penal e incluso prisión; y en el ámbito civil, no pueden recuperar el tiempo que les privaron de estar con sus hijos, con sus amigos, en su domicilio, y por supuesto no se hace la misma publicidad de su absolución que de su detención, y ni siquiera se procede a la cancelación automática de sus antecedentes policiales y de su reseña policial tras el sobreseimiento o sentencia absolutoria.

Así, el número de sobreseimientos y sentencias absolutorias, es decir, de hombres que a pesar de haber sufrido un procedimiento penal no son condenados ha sido de 251.251 casos, o el 30,50%.

Debe destacarse el número tan elevado de sobreseimientos o supuestos en los que ni siquiera el hombre llega a juicio (167.717) y que cerca de la mitad de los hombres que celebraron juicio en los Juzgados de lo Penal, donde se enjuician el mayor número de casos por delitos, fueron absueltos (48.299 sobre 103.697 sentencias dictadas, es decir, el 46,57%). De estos hombres nada se dice.

Con los datos de sobreseimientos existentes habría que hablar de denuncias falsas y de denuncias interesadas por los beneficios que aporta la Ley a las denunciantes, sobre las que los medios informativos y gubernamentales se niegan a mencionarlas. Hay denuncias falsas en materia de violencia de género, pero no sabemos su número porque no se quiere llevar una estadística de las mismas (una parte de los sobreseimientos serían denuncias falsas) y porque cuando existe una condena, el delito es independiente de la materia de violencia de género, no pudiendo encuadrase entre sus numerosas estadísticas.

En cuanto al procedimiento judicial, con esta Ley se mantienen las prisas en el enjuiciamiento a través el juicio rápido en una jurisdicción especial creada ex profeso (los Juzgados de Violencia sobre la Mujer), compaginando los ámbitos civil y penal, medidas de protección y cautelares, para ser ejecutadas con carácter de urgencia. De hecho, la tercera parte de los asuntos penales tramitados lo han sido como diligencias urgentes de juicio rápido, sin tiempo para una adecuada defensa, como se ha denunciado continuamente por la Abogacía.

Otras consecuencias negativas derivadas de la Ley de Violencia de Género para el hombre afectan al condenado por maltrato: la suspensión de la pena privativa de libertad está sometida a unas condiciones superiores; la sustitución de la prisión solamente puede ser por trabajos en beneficio de la comunidad; el cumplimiento está sometido a unas prohibiciones específicas; y a todo ello hay que sumar la realización de los llamados programas de reeducación pues en caso de negarse irá a la cárcel. Por otra parte, el hombre maltratador nunca se ha visto favorecido por el indulto.

En definitiva, se discrimina al hombre antes (se le persigue solamente a él y no a la mujer), durante (con procedimientos judiciales que aminoran las posibilidades de defensa) y después de la sentencia (al obligarle a cumplir medidas solamente previstas para él).

Ciertamente no se aplica para nada la Ley de Violencia de Género a favor del hombre. No se tiene en cuenta lo dispuesto en el artículo 1-1 de la misma: «La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido -¦». Tampoco lo que se dice en su exposición de motivos: «Se trata de una violencia que se dirige contra las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas, por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión». Y que decir tiene que ni siquiera lo que se menciona en el Plan Nacional de Sensibilización y Prevención: «el propio sistema judicial ejerce una función de prevención general que a partir del mandato que el artículo 9-2 de la Constitución hace a todos los poderes públicos, debe abarcar todos aquellos ilícitos en los que se sostiene la desigualdad entre hombres y mujeres».

Estas buenas palabras no pueden ocultar una cruda realidad: que se denuncia muy a la ligera y se condena como si fuera violencia de género hechos que nada tienen que ver con situaciones de desigualdad o discriminación, o relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres. Ahora, gracias a esa Ley, más bien es al contrario, el poder está en manos de la mujer, siendo conocida en los medios jurídicos la expresión utilizada de «o me das-¦ o te denuncio por violencia de género».

Ha llegado el momento de derogar los efectos penales de esta Ley para evitar que, con la misma, se siga sometiendo injustamente a procedimiento judicial y al padecimiento de medidas cautelares restrictivas de derechos, al mayor número de hombres inocentes de toda la historia de la codificación penal española.

*Abogado del I.C.A. de León. Consejero de Defensa de la Corte Penal Internacional